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Conoce a los integrantes del Comité Paritario de Higiene y Seguridad del Hospital San Fernando
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Conoce a los integrantes del Comité Paritario de Higiene y Seguridad del Hospital San Fernando

El Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS) del Hospital San Fernando es el organismo técnico de participación entre la Dirección y los funcionarios del establecimiento para detectar y evaluar los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales. Trabaja de la mano junto a la Unidad de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente del establecimiento.

Actualmente, está conformado por:
  • Mauricio Arrué Zapata (presidente | jefe Departamento Servicio Generales)
  • Mauricio Ortega Rojas (secretario | periodista Comunicaciones)
  • Paulina Venegas Contreras (técnico de párvulo, Unidad Educativa "Bambi")
  • René Escobar G. (tens, Pabellones Quirúrgico)
  • Pablo Caroca Olate (enfermero RNAO | Subdirección de Gestión del Cuidado)
  • Yessenia Sepúlveda C. (educadora de párvulo | encargada U. Educativa "Bambi")
Los Comités Paritarios son obligatorios en empresas con más de 25 funcionarios y deben estar integrados por tres representantes de la empresa y tres de los funcionarios.

Sus principales funciones son:
  • Asesorar e instruir a los funcionarios sobre la correcta utilización de los EPP (elementos de protección personal).
  • Vigilar el cumplimiento tanto por parte del hospital como de los funcionarios, de las medidas de prevención, higiene y seguridad.
  • Investigar las causas de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en el hospital.
  • Decidir si el accidente o enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable del funcionario.
  • Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad que sirvan para la prevención de riesgos profesionales.
  • Cumplir las demás funciones o misiones que le encomiende el organismo administrador respectivo (Mutual).
  • Promover la realización de cursos de adiestramiento destinados a la capacitación profesional de los funcionarios en organismos públicos o privados autorizados para cumplir esta finalidad o en la misma empresa, industria o faena.

Las decisiones adoptadas en el ejercicio de las atribuciones que les encomienda la Ley N°16.744 serán obligatorias para la empresa y los funcionarios.

Los requisitos necesarios para ser miembro de un comité paritario, en calidad de representante de los funcionarios (a través de un proceso eleccionario), son:
  • Tener más de 18 años.
  • Saber leer y escribir.
  • Un año de antigüedad en la empresa.
  • Acreditar mediante certificado de haber realizado el curso de orientación en prevención de riesgos, dictado por el Organismo Administrador del Seguro Social de la Ley N° 16.744.



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